Ante cualquier duda o problema de carácter particular:
Formular sus consultas y reclamos a la empresa que le presta el servicio. Éstas pueden realizarse directamente en las oficinas comerciales de la compañía o por teléfono, carta, fax, correo electrónico, página web u otro.
Puede ser solicitada la intervención de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, SEC, si:
a) Su inquietud no fue contestada o tramitada por la empresa después de 30 días desde que fuera presentada.
Lo anterior, sin perjuicio de poder ejercer sus derechos ante los tribunales de justicia competentes cuando lo estime necesario.
Usted puede acudir inmediatamente a la SEC, sólo en aquellas situaciones o problemas de índole masivo; es decir, que afecten a un barrio o comunidad determinada. En tal caso, los representantes vecinales serán los encargados de ponerse en contacto con esta repartición.
Si desea dejar constancia de su reclamo ante la SEC, puede realizar la gestión personalmente, acercándose a cualquiera de las direcciones regionales de esta Superintendencia, o en cualquier municipalidad, en las Oficinas Comunales de Información al Consumidor (OCIC) respectiva.
En esta instancia, usted deberá estar en posesión de los siguientes antecedentes básicos para facilitar el procesamiento del reclamo:
Datos personales del afectado.
Dirección del lugar denunciado.
Copia del reclamo presentado a la empresa.
Copia de la respuesta de la empresa.
Cualquier antecedente que pruebe o justifique el reclamo (boletas en el caso de tarifas, certificado emitido por servicio técnico en caso de cortes, etc.).
Este trámite también puede ser realizado por vía telefónica al Fono SEC: 600 6000 732 o en las oficinas de atención SEC a lo largo del país.