
La medida se adoptó con el fin de permitir la continuidad de la cadena de pagos y el correcto funcionamiento del mercado eléctrico, para asegurar el suministro de energía a los usuarios finales del sistema.
De acuerdo a la Normativa Vigente, el CDEC-SIC debe garantizar la seguridad de suministro y la operación económica de las instalaciones del SIC, por lo que esta institución debe adoptar las medidas que correspondan para garantizar la continuidad de dicho suministro. Sin embargo, en caso que esto no se produzca adecuadamente, la autoridad debe intervenir para que se cumplan las condiciones de estabilidad y continuidad de suministro hacia la población.
Por esta razón, éste Organismo Fiscalizador, con fecha 26 de agosto, ha dictado una Resolución que tiene como principal objetivo, instruir al CDEC-SIC suspender a la empresa Campanario del balance de inyecciones y retiros de energía eléctrica del Sistema interconectado Central.
Esta decisión se funda, entre otros antecedentes, en aquellos que fundamentaron la Formulación de Cargos cursada por SEC a la empresa Campanario; la información pública referente a la presentación de una Solicitud de Convenio Judicial Preventivo cursada por Campanario; la solicitud de quiebra presentada por un acreedor y la información proporcionada por el Directorio del CDEC-SIC respecto de la discontinuidad de la cadena de pago por parte de la empresa Campanario.
Esta Resolución, de carácter transitorio, dispone que los bloques de energía necesarios para abastecer a los clientes de la Empresa Campanario Generación, serán asumidos por el conjunto de las Empresas del Sistema de Generación Eléctrica, permitiendo la continuidad de suministro.
Para la autoridad, el objetivo principal de esta Resolución es, que el sistema eléctrico no sufra alteraciones en la cadena de pagos que afecten su estabilidad, y que no se ponga en riesgo la continuidad del suministro a la ciudadanía.
La Resolución adoptada por la SEC, deberá ser implementada por el CDEC en el marco de las obligaciones que le asisten a este Organismo coordinador para preservar la seguridad del servicio, cuestión que se cumple, entre otras, al mantener continua la cadena de pagos de las empresas del sistema eléctrico.
