SEC oficia a distribuidoras eléctricas para que Reliquiden precios de acuerdo a nuevas tarifas

Viernes 16 de Marzo de 2012

SEC oficia a distribuidoras eléctricas para que
Reliquiden precios de acuerdo a nuevas tarifas

• Superintendencia de Electricidad y Combustibles, SEC, instruyó a las empresas de distribución eléctrica para que la baja de un 7,8% en el SIC, sea traspasados a los usuarios, tal como lo establece la normativa.

• Superintendencia de Electricidad y Combustibles, SEC, instruyó a las empresas de distribución eléctrica para que la baja de un 7,8% en el SIC, sea traspasados a los usuarios, tal como lo establece la normativa.

La Superintendencia de Electricidad y Combustibles, SEC, ofició a la totalidad de las empresas distribuidoras eléctricas del país, para que inicien los procesos de Reliquidación de sus tarifas, de acuerdo al último informe de variación de precios, dado a conocer la semana pasada por la Comisión Nacional de Energía, CNE.

Según lo informado por este organismo, las cuentas de electricidad presentan una baja promedio de 7,8% para los clientes regulados residenciales del Sistema Interconectado Central (SIC, que va entre Tal Tal y Chiloé), mientras que en el caso del Sistema Interconectado del Norte Grande (SING), se ha registrado un alza de un 5,3%.

Las Reliquidaciones son ajustes de tarifas y se calculan en base a los precios establecidos por la norma. Cuando los ajustes son al alza, se cobra la diferencia a los clientes en forma retroactiva para lo cual la SEC fija la cantidad de cuotas en las que se debe pagar. Cuando el ajuste del precio es a la baja, las empresas deben devolver ese dinero al cliente, abonándolo en el pago de la misma cuenta.

De esta forma, en aquellas zonas en las que la energía eléctrica baja su precio, las Reliquidaciones deberán realizarse en una sola cuota que agrupe la rebaja del período completo a pagar retroactivamente, mientras que en el caso de aquellas comunas en que el costo de la energía sube, las Reliquidaciones deberán realizarse en tantas cuotas como meses contemple el alza.

En este caso puntual, de acuerdo a Oficio 3118, emitido por la SEC y despachado el 12 de marzo, serán dos las cuotas que deberán fijar las distribuidoras para la zona norte de país, mientras que para el territorio que comprende el SIC, se ha instruido el abono en una sola cuota. De acuerdo a este mismo documento, las Reliquidaciones deben aparecer en todas aquellas boletas emitidas desde mediados de abril y se debe especificar claramente el ítem Reliquidaciones, la cantidad de cuotas y el artículo invocado, que es el 171 del DFL 4/2006.

SUPERINTENDENTE
ÁVILA

El Superintendente de la SEC, Luis Ávila Bravo, destacó la importancia de que los precios se actualicen a la brevedad. “Hemos actuado con la mayor celeridad posible, a fin de que las familias cancelen sus consumos de energía eléctrica, a los precios que corresponden. Ese es el objetivo de las Reliquidaciones”.

El máximo representante de la SEC agregó que es importante que la ciudadanía revise sus boletas y busque el ítem Reliquidaciones, a fin de comprobar que la empresa cumplió con lo instruido. En caso contrario, recomendó acercarse a las oficinas de la Distribuidora que le corresponde para que le indiquen cómo se están haciendo efectivas las Reliquidaciones, y en caso de no tener una respuesta adecuada, podrán concurrir a la SEC, a lo largo del país, para presentar un reclamo.

 

 

 

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