SEC valora decisión de Corte Suprema en caso de dos ancianos fallecidos por fuga de gas


• Trágico hecho ocurrió en agosto del 2009 en un edificio de Frutillar, en la Décima Región, donde dos personas de la tercera edad fallecieron producto de una fuga de gas.

Conformidad existe al interior de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, SEC, por la decisión de la Corte Suprema, de ratificar la multa de 200 UTA (Unidad Tributaria Anual), más de $91 millones, en contra de la empresa distribuidora de gas, LIPIGAS, por las responsabilidades registradas tras la investigación del accidente fatal que afectó a dos personas de la tercera edad, los cuales murieron por inhalación de monóxido de carbono al interior de un departamento del edificio Philippi, ubicado en la costanera de la comuna de Frutillar, Décima Región.

El trágico accidente, ocurrido en agosto del 2009, fue investigado por SEC Los Lagos, determinando responsabilidades de la empresa, al demostrarse que ésta no había declarado las instalaciones de gas que abastecían el edificio, el que además se encontraba sin cumplir su obligación de certificación periódica, es decir, sin Sello Verde, por lo que se le sancionó con 200 UTA, que es la multa más alta aplicada en la región a una empresa de gas.

Es importante señalar que al encontrarse el edificio sin su Sello Verde, la empresa LIPIGAS no debió haberle suministardo gas, pues además de estar contraviniendo la normativa, se exponía a los residentes del edificio a una innegable situación de riesgo.

Luego de ser multada, la empresa recurrió ante la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, donde argumentó que los artículos legales por los cuales se les estaba sancionando, habían sido derogados por el nuevo Reglamento de Instalaciones Interiores de Gas.

Finalmente, el caso llegó a la Tercera Sala de la Corte Suprema, integrada por los Ministros, Pedro Pierry, Sonia Araneda, Carlos Künsemüller, Guillermo Silva y el Abogado Integrante, Arnaldo Gorziglia, quienes fallaron revocando la decisión del tribunal de alzada de Puerto Montt, confirmando la sanción impuesta a Lipigas.

En parte del fallo, éste señala que “debe desecharse la petición principal de la reclamante, desde que se ha constatado por la autoridad que la empresa LIPIGAS abasteció una instalación de gas respecto de la cual no le constaba el cumplimiento de los requisitos de seguridad”.

DIRECTOR REGIONAL

El Director Regional de SEC Los Lagos, Manuel Cartagena, expresó su satisfacción por el fallo judicial. “Desde la primera inspección tuvimos el convencimiento que la empresa LIPIGAS no había respetado la normativa, abasteciendo de gas a instalaciones no declaradas y que no contaban con su sello verde”, afirmó Cartagena.

El representante de la SEC en la Décima Región, agregó que esto trae a colación la importancia del sistema de Certificación Periódica que ha desarrollado la Institución y llamó a la comunidad a preocuparse y obtener su Sello Verde, señal de que sus instalaciones de gas son seguras y que se encuentran en buenas condiciones, a fin de evitar tragedias evitables como la ocurrida en la zona de Frutillar hace casi dos años.

La empresa recientemente confirmó el pago de la multa se efectuó el día 13 de mayo, por un total de $ 91.615.200.


Edificio Philippi, ubicado en la costanera de la comuna de Frutillar, Décima Región

 

 

 

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